Cualquier extranjero con permiso de residencia en España puede reagrupar a sus familiares directos en el caso de que estos vivan en otro país, en particular hijos, ascendientes a su cargo, otros familiares que dependan económicamente de él o ella y el cónyuge o pareja de hecho. Para ello, además de haber residido cierto tiempo en territorio español, el reagrupante deberá acreditar que dispone de recursos económicos suficientes para atender las necesidades de sus familiares.


Requisitos
que debe cumplir el reagrupante

  • Haber residido legalmente en España durante un año como mínimo.
  • Haber renovado ya una vez el permiso de residencia inicial.
  • Demostrar que cuenta con medios económicos suficientes para atender sus propias necesidades de manutención y alojamiento y las de los familiares reagrupados.
  • Acreditar que cuenta con una vivienda adecuada, ya sea de propiedad o en alquiler.
  • Presentar un informe de vivienda.
  • No ser ciudadano comunitario ni familiar de ciudadano de un Estado de la Unión Europea.
  • Carecer de antecedentes penales durante los últimos cinco años.
  • No infringir la normativa comunitaria sobre visados.

Ventajas
de la reagrupación familiar

  • El familiar reagrupado recibe el mismo tipo de permiso de residencia que el reagrupante, autorización de trabajo incluida.
  • Se puede renovar sin necesidad de volver al país de origen.

Plazo
de resolución de la solicitud

La reagrupación familiar es un mecanismo realmente eficaz para legalizar la estancia en España. Lo único que podría considerarse un inconveniente es el plazo de resolución de la solicitud: oficialmente son 45 días, pero en la práctica se alarga bastante más. Si necesita conseguir el permiso de residencia lo antes posible, en Spain Legal contamos con expertos cualificados dispuestos a ayudarle, por ejemplo preparando la documentación requerida y gestionando el acompañamiento necesario para cuando deba acudir a la Oficina de Extranjería.